El Máximo Tribunal desestimó un recurso presentado por la expresidenta y, con ello, dejó firme la sentencia de la instancia anterior que revocó su sobreseimiento y ordenó a que continue el proceso. Máximo y otros dos imputados más, también comprometidos
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el último recurso que había presentado la expresidenta Cristina Kirchner para la causa conocida como Hotesur-Los Sauces. Con eso, dejó firme la sentencia de la instancia anterior que revocó su sobreseimiento y ordenó la realización del juicio oral.
A través de la firma de sus cuatro ministros, el máximo tribunal hizo efectiva la decisión en una resolución que se dio a conocer este lunes por la tarde. De esta manera, ya no existen recursos para impedir que continúe el proceso contra Cristina, además de los demás imputados Máximo Kirchner, Romina de los Ángeles Mercado y Patricio Pereyra Arandia.
Todo aquello comenzó cuando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 había sobreseído -por mayoría- a la expresidenta, acusada por el delito de lavado de activos y admisión de dádivas, en concurso ideal; a su hijo, Máximo, a Mercado y a Pereyra Arandia, por lavado de activos, y a Máximo y a Mercado, por asociación ilícita.
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En esa decisión, se declaró la imposibilidad de proseguir las actuaciones respecto de Fernández de Kirchner por el delito de asociación ilícita, por considerar que se había violado la garantía que indica que una persona no puede ser juzgada o sancionada más de una vez por el mismo hecho.
Contra esa resolución, el representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación interpuso un recurso de casación. El 18 de septiembre de 2023, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, revocó el sobreseimiento y se reanudaron los actos procesales que se habían pausado.
Por esa medida, la defensa de CFK y de los implicados presentó un recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible por no dirigirse contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal, y por no existir una cuestión federal. Ello derivó en una presentación ante la Corte Suprema.
La desestimación del planteo contó con la firma de los cuatro ministros de la Corte: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda (quien está a pocos días de abandonar su cargo por haber llegado a la mayoría de edad reglamentaria) y Ricardo Lorenzetti, quien hizo un voto en igual sentido, pero con argumentos sensiblemente diferentes.
“La defensa no ha logrado demostrar un agravio actual, concreto y real, diferente al mero hecho que implica el sometimiento al proceso penal de los aquí recurrentes, razón por la cual la sentencia apelada no constituye una sentencia definitiva ni es equiparable a tal, y no se verifica circunstancia excepcional alguna que justifique la intervención de esta Corte”, dijo el voto de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda.
Según explicaron desde el Máximo Tribunal, “la fundamentación requiere que el escrito de interposición del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna”.
Asimismo, la Corte recordó que “para la admisibilidad del recurso extraordinario federal se exige que este se dirija contra una sentencia definitiva o equiparable a tal por producir un gravamen de imposible o muy difícil reparación ulterior”.
¿Cómo seguirá el caso? Con la decisión de los cuatro ministros judiciales, queda vigente lo que manifestó la Sala I de Casación, que la causa debía reabrirse y someterse nuevamente a un juicio. El TOF 5 ya no tendrá la acción de los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg, quienes habían sobreseído a Cristina años atrás.
De esa conformación solo quedó la jueza Adriana Pallioti. En reemplazo de los dos magistrados y para juzgar a la expresidenta, Máximo y los demás imputados fueron sorteados José Michilini (que sobreseyó a CFK en el Pacto con Irán) y Nicolás Toselli. El fiscal general Diego Velasco será quien acuse en el juicio oral, quien fue el que apeló el fallo de Obligado y Grumberg años atrás.
La causa se inició en 2014 e investiga una operatoria entre integrantes de la familia Kirchner y diversos empresarios como Lázaro Báez en la cual estos últimos habrían alquilado habitaciones de hoteles y propiedades de los Kirchner utilizándolas como fachada para lavar dinero proveniente de los sobreprecios cobrados por negociados en la obra pública.
Fuente: Cronista