ARCA reforzó el control sobre las billeteras virtuales: los nuevos límites de la ex AFIP para justificar fondos

ARCA, el organismo que reemplazó a la AFIP, fijó nuevos límites en las billeteras virtuales con el fin de aumentar el control de fondos.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la resolución Nº 4298, reforzó los límites referidos al control de las billeteras virtuales. De esta manera, se busca verificar que los fondos y las transacciones no sean competentes de actividades ilícitas.

La normativa rige desde el año 2018, pero los montos de saldos y transferencias que requieren mayor vigilancia se actualizaron con el paso de los años. El objetivo principal de la regulación es impedir el uso de las billeteras digitales para actividades fuera de la ley.

Cuáles son los nuevos límites establecidos por ARCA para las billeteras virtuales

Según la ultima resolución, N° 4298, los saldos que superen los $700.000 y las operaciones que mayores a los $400.000 por transacción deberán tener reportes por parte de las billeteras. Es así como, quienes posean estas sumas en su cuenta, deberán justificar el origen de los fondos.

Las transacciones superiores a los 400 mil pesos tendrán una revisión más exhaustiva. En ambos casos, ARCA tiene la posibilidad de solicitar a los usuarios correspondientes la documentación que justifique la legitimidad de los fondos.

ARCA reforzó el control sobre las billeteras virtuales: los nuevos límites de la ex AFIP para justificar fondos

ARCA reforzó el control sobre las billeteras virtuales: los nuevos límites de la ex AFIP para justificar fondos

Cómo funciona la declaración de fondos en las billeteras virtuales

Aquellas transferencias o cuentas con saldos menores a los establecidos por el nuevo límite también generan reportes en las billeteras virtuales, pero el organismo no las detecta con tanta facilidad. Esto significa que, más allá del importe, todos los movimientos deben estar declarados.

Las billeteras virtuales son las responsables de informar sobre estos movimientos establecidos por la regulación. Los usuarios de estos entes no tienen la responsabilidad de generar estos reportes, es por eso que, desde el control interno, deberán implementar los mecanismos de control apropiados.

Los importes establecidos por el organismo únicamente tienen la función de “radar”. Los que estén por debajo, por lo general, no suelen ser analizados de manera exhaustiva. Sin embargo, el objetivo no es prohibir los movimientos de tal magnitud, sino controlarlos para minimizar los riesgos de irregularidades.

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