Lo hizo a través de la resolución 6/2019 del Ministerio de Producción, publicada hoy en el Boletín Oficial, que establece el ingreso mínimo a partir del 1° de agosto último, en $ 14.125 para todos los trabajadores.
Lo hizo a través de la resolución 6/2019 del Ministerio de Producción, publicada hoy en el Boletín Oficial, que establece el ingreso mínimo a partir del 1° de agosto último, en $ 14.125 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, mientras que se fija en $ 70,62 por hora para los jornalizados.
Desde el 1° de septiembre, la remuneración para los mensualizados ascenderá a $ 15.625 pesos y para los jornalizados lo hará a $ 78,12 pesos, a la vez que a partir del 1° de octubre próximo los ingresos subirán a $ 16.875 y $ 84,37, respectivamente.
Mediante la misma resolución se incrementan además los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo, que serán durante agosto de $ 3.285,5 y $ 5.256,8, en cada caso; para septiembre, de $ 3.634,4 y $ 5.815; y para octubre, de $ 3.925,1 y $ 6.280,2.